Exoneraciones

Exoneraciones: El Alcalde podrá conceder exoneraciones totales o parciales del pago de Impuestos sobre Vehículos, a las instituciones de asistencia social o beneficencia pública y entidades universitarias del sector público, previa autorización aprobada por la Cámara Municipal, con el voto favorable de la mayoría de sus miembros.

Descargue aquí los requisitos relacionados con exoneraciones:

1) Exención para Jubilados de la Administración Pública: Es el trámite que deben realizar los contribuyentes cuando requieran ser exentos del pago por ser jubilado o pensionado de la Administración Pública Nacional, Estatal o Municipal.
Requisitos Solicitud de Exención para Jubilados de la Administracion Pública

2) Solicitud de Exención de Inmuebles Urbanos Tercera Edad: Es el trámite que deben realizar los contribuyentes cuando requieran ser exentos del pago por ser mayores de 65 años.
Requisitos Solicitud de Exención de Inmuebles Urbanos Tercera Edad

3) Exención de Impuesto para Vehículos (mayores de 60años): es el procedimiento mediante el cual las personas naturales mayores de 60 años, residenciados en el Municipio, propietarios de más de un vehículo, se le exonerará, sólo uno de ellos. Se debe tramitar anualmente.
Planilla de Exención de Impuesto para Vehículos (mayores de 60 años)

4) Exención para Discapacitados: Es el trámite que deben realizar los contribuyentes con discapacidad cuando requieran ser exentos del pago de inmuebles urbanos.
Requisitos de Exención para Discapacitados

5) Exención Madres Cabezas o Jefas de Familia: Es el trámite que deben realizar los contribuyentes madres de cabeza o jefes de familias cuando requieran ser exentos del pago de inmuebles urbanos.
Requisitos para la Solicitud de Exención Madres Cabezas o Jefas de Familia

 

 

 
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