Entrega de la Urbanización a la Municipalidad
a) Oficio que se hace cuando un proyecto de Urbanismo llega a su fin y entrega formalmente al Municipio Parques, Escuelas, o cualquier otro edificio que quede bajo juridicción y cuido del Municipio. En este oficio se deben especificar qué parcelas están destinadas a este fin.
b) Dirección de Ingeniería, Taquilla Piso 2 Ofic. 2-A
c) Arq. Hiraila Noriega Email: hiraila.noriega@alcaldiasucre.net
d) Martes y Jueves 8:30am-12:30pm
e) Antes de empezar las obras
f) Plazo un mes. Retiro por Taquilla de 8:30am-12:30pm/1:30pm-4:30pm.
Requisitos:
- Siete (7) copias de los planos definitivos de la vialidad, zonificación y parcelamiento que incluyan todas las modificaciones sufridas durante el proceso de ejecución de la Urbanización, especialmente en la delimitación exacta de todos los terrenos a entregar a la Municipalidad o a la Nación, con indicación de sus áreas y linderos, así como las obras que implícitamente tienen carácter público, de acuerdo con la presente Ordenanza, con su cuadro de coordenadas referidas a REGVEN (según modelo anexo).
- Certificado de Conformidad expedido por los Organismo Competentes, sobre la correctas construcciones y estado de las obras de los diferentes servicios, tales como:
- Acueductos
- Cloacas
- Drenajes pluviales, sumideros, cunetas, alcantarillas, rejas, canales y torrenteras.
- Instalaciones Eléctricas, Públicas y Privadas.
- Canalización Telefónica.
- Canalización de Gas.
- Reforestación y tratamiento de taludes, zonas verdes arborización de avenidas y calles.
- Constancia que demuestre que la Empresa urbanizadora nada adeuda a los Organismos de Servicios Públicos por concepto de la Urbanización a entregarse, tales como:
- Hidrológica Capital (HIDROCAPITAL).
- Empresa que suministre el Servicio Eléctrico.
- Corporación Venezolana de Petróleo (CVP).
- Municipio Autónomo Sucre del Estado Miranda
- Fianza de fiel cumplimiento si se trata de un traspaso, o fianza para responder por vicios ocultos que puedan presentarse en la urbanización, con una duración de dos (2) años, otorgada por una Entidad Bancaria o de Seguros , a satisfacción de la Municipalidad. El Monto de dicha Póliza será fijada por la Dirección de Ingeniería Municipal la cual nunca será menor de dos (2) veces el costo del Urbanismo y deberá responder a las siguientes características:
- Debe estar claramente establecido en el Documento de Fianza que su objetivo es garantizarle a la Municipalidad el fiel, cabal y oportuno cumplimiento de las obligaciones de los Urbanizadores.
- Deberá ser otorgada por una Entidad Bancaria o aseguradora que satisfaga las exigencias de la Municipalidad.
- El Monto será fijado por la Dirección de Ingeniería Municipal.
- En cuanto a la duración de la Fianza deberá comenzar a partir del momento en que sea otorgada y notariada y su vencimiento estará sujeto a las obras de construcción, equipamiento, embellecimiento o de otra índole sean recibidas en perfecto estado por la Municipalidad.
- No debe incluirse en la Fianza la mención que hace referencia a contratos celebrados con la Municipalidad.
- Cualquier otro recaudo que considere la Dirección de Ingeniería Municipal, o que este previsto en el Ordenamiento Jurídico Nacional, Estadal o Municipal.
Todos los recaudos deben consignarse en carpeta con gancho y en el estricto orden establecido. La planilla de solicitud deberá contener toda la información solicitada en forma clara y legible y firmada por el propietario y el autorizado si fuere el caso con sus respectivas Cédulas de Identidad. Números de Cuentas Petare: 095-011-0000-10. LEONCIO MARTINEZ: 094-011-0000-10. Marcar en los Bauchers de Pagos de Impuestos la Casilla 09 Dirección de Ingeniería.












